lunes, 18 de marzo de 2013

Expropian el Club Hípico para ampliar el Parque “Beder Herrera”


“LOS GASTOS QUE DEMANDE LA EJECUCIÓN DE LA PRESENTE LEY SERÁN TOMADOS DE RENTAS GENERALES”.





Así se desprende del Decreto N° 1.914, del 28 de diciembre de 2012, el que promulga la Ley N° 9.336, del 13 de diciembre de 2012, según lo publicado en el Boletín Oficial N° 11.058, del 12 de marzo de este año.
El gobierno expropió el Club Hípico de La Rioja con el propósito de ampliar el Parque de la Ciudad “Luis Beder Herrera. Así se desprende del Decreto N° 1.914, del 28 de diciembre de 2012, el que promulga la Ley N° 9.336, del 13 de diciembre de 2012, según lo publicado en el Boletín Oficial N° 11.058, del 12 de marzo de este año.

A través de la Ley N° 9.336, sancionada el 13 de diciembre de 2012 y una iniciativa de la Función Ejecutiva, la Cámara de Diputados declaró “de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia e inmueble ubicado en el sector Suroeste de la ciudad Capital de La Rioja, el que responde a las siguientes características: Propietario: Club Hípico La Rioja. CUIT. 30-69281219-7”.

Según la norma, “la ubicación: sobre acera Sur de Avenida Las Palmeras (Según título: calle perimetral). Nomenclatura Catastral: Circunscripción I -Sección “E” -Manzana 541 -Parcela “s”. Superficie: 15 ha 0207,00 m2. Dimensiones y Linderos: Norte: 216,33 m; linda con Avenida Las Palmeras (según título calle perimetral). Suroeste: Línea quebrada formada por cuatro segmentos de Sur a Norte con inclinación Oeste miden 102,00 m; 60,30 m; 62,35 m; y 142,52 m. Linda con calle perimetral. Este: Formado por dos segmentos de Norte a Suroeste de 478,63 m; y 283,25 m. Linda con parte de la Parcela “v” de propiedad del Estado provincial. Oeste: Línea quebrada formada por tres segmentos que de Norte a Sur miden 218,66 m; 69,20 m; y 191,25 m. Linda con calle perimetral. Plano: División Aprobado por Disposición 013885/2000, Inscripto en Registro de la Propiedad en Tomo 46-Folio 57. Datos de Dominio: Folio Real C-27827”.

De acuerdo al artículo 2° de la Ley, “las medidas, linderos y superficie definitivas surgirán del plano de mensura y división que a tales efectos confeccionarán y aprobarán los Organismos Oficiales correspondientes”.

Según la norma, “el inmueble expropiado será destinado a la ampliación del Parque de la Ciudad “Dr. Luis Beder Herrera” y “los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán tomados de Rentas Generales”.

Luego mediante el Decreto N° 1.914, del 28 de diciembre de 2012, el gobernador Luis Beder Herrera promulgó “la Ley N° 9.336 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia, con fecha 13 de diciembre de 2012”. Dicho decreto fue refrendado por el secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por el secretario de Tierras y Hábitat Social.

No hay comentarios.: