lunes, 23 de noviembre de 2009

Los diputados cuestionados juran condicionados


 
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La Comisión de Asuntos Constitucionales aconsejó: "Condicionesé el juramento y la incorporación de los diputados, cuya proclamación no encuentra firme ni consentida, hasta que exista pronunciamiento al respecto"


La Comisión de Asuntos Constitucionales, Peticiones, Poderes y Reglamento de la Cámara de Diputados fijó posición en torno a la toma de juramento a los legisladores electos cuestionados por el radicalismo, como así también por otros sectores del oficialismo. Se trata de Silvia Gaitán (PJ-Chilecito), Alejandra Oviedo (Norte Grande–Chepes), Adriana del Valle Olima (MO.TE.PO-Famatina) y Oscar Chamía (Norte Grande–Felipe Varela), según confirmó la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Según un parte de prensa de la Legislatura, la comisión resolvió “hasta tanto no se encuentre firme y consentido el acto de proclamación de candidatos, por parte del órgano electoral competente y hasta tanto la Justicia  arrogarse funciones ni atribuciones de otras funciones del Estado, que expresamente le está vedadas, no se expida sobre las impugnaciones dentro del marco del proceso electoral, por el principio de división de poderes, no puede arrogarse facultades jurisdiccionales ni atribuciones de otras funciones del Estado, que expresamente le está vedadas".

Por tal motivo, se aconsejó: "Tomar juramento a los señores diputados electos e incorporarse a la Cámara, con los mismos caracteres y atributos de los diputados en ejercicio, de manera preventiva por encontrarse cuestionada por vía judicial, cuestiones atinentes al acto electoral, como lo es el Auto de Proclamación de Candidatos".

"Condicionesé dicho juramento y la incorporación de los señores diputados, cuya proclamación no encuentra firme ni consentida, por haberse deducido acciones judiciales, hasta que exista pronunciamiento al respecto, y se encuentre firme y consentido, reservándose diploma para ser juzgado en las sesiones ordinarias", remarcó.

"La Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades, conferidas por el artículo 86 en su calidad de juez de los derechos y de los títulos de sus miembros, juzgará todas las circunstancias que allí mismo se indican, debiendo resolver la incorporación definitiva o no de los señores diputados, cuyo juramento e incorporación, reviste el carácter de preventivo", informó.

La resolución lleva la firma de los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia, Peticiones, Poderes y Reglamento.

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