MUNICIPIO
El Intendente firmó el decreto que lleva el número 5104 por la cual se deroga las habilitaciones y funcionamiento de los locales denominados “whiskerias”. Además instruyó a las áreas competentes a fin de llevar a delante de manera inmediata lo que ordena el acto administrativo.
El decreto 5104 ya fue rubricado por el propio intendente municipal y además refrendado por los secretarios del departamento ejecutivo municipal.
El decreto dispone la derogación de los artículos 51º a 58º de la ordenanza de nocturnidad.
Además se prohíbe la habilitación comercial, de locales del tipo de Whiskerías, Cabaret, Golden o similares; y se ordena el archivo de todo trámite, o expediente en curso, mediante el cual se haya solicitado la habilitación municipal de locales comerciales destinados a funcionar como tal.
Quintela en el mismo decreto dispone el cese en su actividad indefectiblemente a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de los actuales locales disponibles, y en caso de incumplimiento se procederá a la clausura definitiva, a través de la Dirección General de Comercio.
El intendente Quintela mediante este decreto se adhiere al proyecto de modificación de la Ley Nacional N° 26.364, y su modificatoria, recientemente sancionada y suspende todos los efectos jurídicos de toda otra disposición normativa municipal, que se oponga a los contenidos establecidos en el presente Decreto.
Se deja establecido además, que será aplicación complementaria al presente Decreto, las disposiciones de la Ley Nacional Nº 12.331 y modificatorias, Ley Nacional Nº 26.364 y las modificaciones que en el futuro se dicten, y el Código Municipal de Faltas.
Finalmente el decreto establece que el mismo es de Orden Público y ninguna persona podrá alegar en contra del mismo, derechos irrevocablemente adquiridos. Todo conflicto normativo a la aplicación del presente Decreto se interpretara y resolverá en beneficio del mismo.
El decreto será remitido para su conocimiento e intervención al Concejo Deliberante de acuerdo a su competencia.
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