lunes, 24 de diciembre de 2012

Cierre de Prostibulos: Quintela firmará hoy el Decreto que lo determina.


PROHÍBE LA HABILITACIÓN DE LOS MISMOS.





Al mediodía el intendente Quintela firmará un decreto, suspendiendo las habilitaciones comerciales de los locales que giran bajo la denominación de whisquerias; la medida se ajusta a lo que viene sucediendo a nivel país con este tema y a la ley sobre trata de personas recientemente sancionada. La medida obliga a todos esos locales a cesar su actividad.
El decreto que llevará la rúbrica del jefe comunal apunta al cierre definitivo de los locales que se encuentran habilitados como whisquerias y busca la derogación de los artículos 51º a 58º de la ordenanza de nocturnidad. Además el decreto prohíbe la habilitación comercial, de locales del tipo de Wiskerias, Cabaret, Golden o similares; y se ordena el archivo de todo trámite, o expediente en curso, mediante el cual se haya solicitado la habilitación municipal de locales comerciales destinados a funcionar como tal. Quintela en el mismo decreto pide cesar en su actividad indefectiblemente a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de los actuales locales disponibles, y en caso de incumplimiento se procederá a la clausura definitiva, a través de la Dirección General de Comercio. Asimismo, se solicitará al Concejo Deliberante, trate la derogación de los artículos de la ordenanza de nocturnidad que posibilitaba el funcionamiento de las whisquerias.

El intendente Quintela mediante este decreto se adhiera al proyecto de modificación de la Ley Nacional N° 26.364, que actualmente cuenta con media sanción del Congreso de la Nación y suspende todos los efectos jurídicos de toda otra disposición normativa municipal, que se oponga a los contenidos establecidos en el presente Decreto, hasta tanto se efectivice la derogación definitiva por parte del Concejo Deliberante. Se deja establecido además, que será aplicación complementaria al presente Decreto, las disposiciones de la Ley Nacional Nº 12.331 y modificatorias, Ley Nacional Nº 26.364 y las modificaciones que en el futuro se dicten, y el Código Municipal de Faltas.

Finalmente el decreto establece que el mismo es de Orden Publico y ninguna persona podrá alegar en contra del mismo, derechos irrevocablemente adquiridos. Todo conflicto normativo a la aplicación del presente Decreto se interpretara y resolverá en beneficio del mismo.

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