domingo, 27 de enero de 2008

SEGUN EL EX-DIPUTADO PROVINCIAL "NICOLAS MERCADO"












LAS NUEVAS AUTORIDADES ENTONCES NO HACEN CUMPLIR LA LEY 7.062 O LA DESCONOCEN, MIS PENSAMIENTOS SON SIEMPRES CRITICOS PERO CONSTRUCTIVOS, ME PREGUNTO DESCONOCEN LAS AUTORIDADES DE CHEPES DE ESTA LEY ? SEÑORES EL GASTO QUE SIGNIFICA PARA EL HOSPITAL LUIS PASTEUR, Y VERA BARROS DE LA RIOJA EN LO QUE ES EN INSUMOS, MOVILIDAD, HORAS HOMBRES PARA ATENDER ESTOS PATOTEROS QUE LO UNICO QUE SABEN ES HACER GASTOS INNECESARIOS SOLAMENTE POR LLAMARSE MATONES, DEBERIAN PAGAR CADA VEZ QUE ENTRA UNOS DE ESTOS INDIVIDUOS A DICHOS NOSOCOMIOS, POR SOLO HECHO DE GENERAR GASTOS POR QUE ESTAN PENSANDO EN APROVECHAR DE LO AJENO EL MUNICIPIO O LA POLICIA LES DEBERIA DAR TRABAJO BAJO CUSTODIAS.

Ante los hechos de violencia que se están suscitando en la Provincia, el ex diputado Nicolás Mercado, recordó que durante su gestión como legislador provincial se sancionó la ley 7.062, que consagra el nuevo Código de Faltas y crea el Fuero Contravencional.

Mercado, expresó que “para salir de la inseguridad y terminar con las patotas, debemos decir las cosas como son” porque “la ciudadanía riojana no puede salir de su asombro, los barrios son propiedad de grupos de jóvenes que día a día generan desde el hospital Vera Barros un párrafo especial para el ingreso de heridos, ‘los patoteados”.

Posteriormente, el ex diputado, resaltó que “esto constituye una verdadera vergüenza” considerando que “debemos reconocer el problema, no esconderlo y tener un discurso coherente con las acciones que brinda el Estado, que es el responsable de dar seguridad”.

Mercado, avanzó sobre las causas que provocan esta situación “las causas son muchas, y en mi afán de decir las cosas tal cual son, recordaré que en el año 2000, siendo diputado, logramos sancionar la ley 7.062 que consagra el nuevo Código de Faltas y crea el fuero contravencional” agregando “Juzgados de Faltas con jueces letrados”.

Trayendo a colación que “cuando era diputado, interpreté que debíamos dejar de lado una ley del proceso militar, la actual ley 4.245 – ley Piastrelini” considerando además que “la doctrina más autorizada en materia contravencional, dice que las infracciones al Código de Faltas, suelen quebrar inicialmente la decencia y el honor de los pueblos” ya que “perjudican el buen orden social, minan las buenas costumbres y constituyen, en muchos casos, la antesala del delito”.

El abogado, acentuó que “en una comunidad organizada, no puede faltar una buena administración de justicia contravencional”.

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