jueves, 3 de marzo de 2011

29-M: El bederismo desplaza al lunismo en el control de los DNI
















Un ministro de relación directa con Beder Herrera le pidió la renuncia a Jorge Agüero, hombre del riñon lunista. En ese marco, este jueves, el ministro de Gobierno Felipe Álvarez pondrá en funciones a Carolina Courtis como directora del Registro Civil.

La falta de compromiso político con el proyecto reeleccionista del Gobernador habría sido el desencadenante que el bederismo avance en los cargos ocupados por funcionarios que responden a Teresita Luna.
A tres meses de las elecciones, un ministro de relación directa con Luis Beder Herrera le pidió la renuncia a Jorge Agüero, hombre del riñon lunista. En ese marco, este jueves, el ministro de Gobierno Felipe Álvarez pondrá en funciones a la doctora Carolina Courtis como directora del Registro Civil y Capacidad de las Personas.
La ceremonia tendrá lugar en horas del mediodía en las oficinas de la repartición. Courtis deja el cargo de subsecretaria Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría de la Gobernación, en el que se venía desempeñando desde el 8 de marzo del año pasado. El área quedará a cargo del ministro Álvarez.
Según un comunicado de prensa oficial, Agüero, que ocupaba el cargo de director del Registro Civil y Capacidad de las Personas, seguirá desempeñándose en otra área dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Así también el bederismo toma el control de la entrega de documentos nacional de identidad de cara a las elecciones del 29 de mayo para la renovación de los cargos provinciales.
La oficialización se dio a través del gobernador, quien el pasado 17 de febrero, puso en marcha el calendario electoral.
El Tribunal Electoral Provincial está presidido por el miembro del Tribunal Superior de Justicia, Ángel Ávila, a quien acompañará el fiscal Claudio Ana y en las vocalías se desempeñarán Victoria Ascoeta y Azucena Sánchez, mientras que la secretaría será ocupada por Gustavo Bazán.
El primer trabajo del Tribunal es la definición del padrón electoral, para lo que solicitará -como ya ocurrió en oportunidades anteriores- la asistencia de la Justicia Federal.
El segundo plazo es la inscripción de las alianzas electorales o frentes que pueden integrar varias agrupaciones políticas en el orden provincial o departamental.
Para esto los dirigentes podrán trabajar durante todo el mes en curso y los acuerdos deben cerrarse antes del miércoles 30 de marzo, fecha en que los alianzas deben quedar formalmente registradas ante el Tribunal Electoral Provincial.
Al estar vigente la ley electoral provincial 5139 -y sus modificatorias para- la elección del 29 de mayo, está permitida la conformación de acuerdos entre los partidos políticos del orden provincial y los departamentales o agrupaciones municipales, a fin de que puedan insertar boletas electorales para diferentes estamentos en una misma sábana.
Así lo establece el artículo 139, de la Ley 8141, que genera la posibilidad de la existencia de las llamadas listas "colectoras", aunque para conocer estas coincidencias habrá que esperar hasta la presentación de los candidatos.
Candidatos
Seguidamente, el plazo a cumplir es la inscripción de los candidatos para la contienda que expira el sábado 9 de abril.
Para esa fecha cada partido debe haber puesto en marcha los mecanismos adecuados para la selección de los nombre que llevará en la boleta del sufragio.
Precisamente esos métodos están establecidos en las cartas orgánicas de cada agrupación o será aprobados por los órganos de Gobierno respectivos, a fin de que los propuestos resulten legítimos y representativos de la voluntad de sus simpatizantes.
Los métodos para la selección de candidatos ya genera polémicas y controversias hacia dentro de los partidos como, está sucediendo en el seno del radicalismo local, porque en la mayoría de los partidos el proceso es la elección interna, y esto no pudo ser por el apresuramiento que provocó el adelanto de los comicios casi cinco meses antes de la fecha prevista.
Finalmente 30 días antes de los comicios las fuerzas que se presenten en los comicios deben presentar los modelos de boletas que se exhibirán en las mesas del sufragio.
Las mismas deberán estar impresas en tinta negra, en sobre papel y tamaño que indica la ley para los cuatro estamentos que estarán en juego el último domingo de mayo.
Partidos Políticos
Para participar de las elecciones provinciales del 29 de mayo los partidos y agrupaciones que pretendan nominar candidatos, sea en el orden provincial o departamental deben tener la personería política habilitada por el juez Electoral, Juan Carlos Vargas, que es el único competente para decidir en la materia.