martes, 1 de septiembre de 2026

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Un vecino de Chepes demand贸 por $212 millones a Vialidad Nacional y al municipio por da帽os en su vivienda


Ram贸n Crist贸bal Oviedo atribuy贸 el deterioro estructural de su propiedad al impacto del tr谩nsito pesado sobre bandas reductoras instaladas en la Ruta Nacional 141. El Juzgado Federal de La Rioja dio intervenci贸n a la fiscal铆a para analizar su competencia y la procedencia del planteo.





Un vecino de Chepes inici贸 una demanda por $212,2 millones contra la Direcci贸n Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Rosario Vera Pe帽aloza por los da帽os estructurales que, seg煤n sostiene, sufri贸 su vivienda despu茅s de la instalaci贸n de bandas reductoras de velocidad sobre la Ruta Nacional 141.

La presentaci贸n fue realizada por Ram贸n Crist贸bal Oviedo ante el Juzgado Federal de La Rioja. La propiedad est谩 ubicada sobre la avenida San Mart铆n, denominaci贸n que recibe la ruta nacional en la zona urbana de Chepes.

El escrito atribuye los da帽os a las vibraciones provocadas por veh铆culos de carga pesada al atravesar trece bandas 贸ptico-sonoras colocadas aproximadamente en 2009 frente al inmueble.

La demanda todav铆a no fue admitida ni resuelta. El juzgado tuvo por presentado al abogado de Oviedo y remiti贸 las actuaciones a la Procuradora Fiscal Federal para que se pronuncie sobre la competencia, admisibilidad y procedencia del planteo.
Una causa iniciada en 2011

El conflicto comenz贸 judicialmente en diciembre de 2011 ante la C谩mara de la Quinta Circunscripci贸n Judicial de Chepes. En aquella oportunidad, Oviedo demand贸 al municipio y obtuvo una medida cautelar vinculada con los reductores.

Vialidad Nacional fue posteriormente incorporada al expediente y plante贸 que, por tratarse de una ruta bajo jurisdicci贸n nacional, la causa deb铆a tramitar ante la Justicia federal.

En octubre de 2025, la C谩mara provincial se declar贸 incompetente y archiv贸 las actuaciones. La parte demandante acudi贸 entonces al fuero federal mediante un nuevo expediente.
Informes que hablan de un edificio “irrecuperable”

La demanda cita informes elaborados por ingenieros y arquitectos, adem谩s de constataciones judiciales. Seg煤n esos documentos, la edificaci贸n presenta hundimientos, grietas, deformaciones en muros, pisos levantados y aberturas da帽adas.

Un acta judicial de 2019 habr铆a determinado que el inmueble se encontraba descuadrado y con riesgo de desmoronamiento. Otro informe t茅cnico, fechado en marzo de 2026, calific贸 la construcci贸n como “irrecuperable” y recomend贸 su demolici贸n


Estas conclusiones fueron aportadas por la parte demandante y todav铆a deber谩n ser evaluadas mediante la prueba judicial y las pericias solicitadas.

La familia abandon贸 la vivienda en marzo de 2018 y comenz贸 a alquilar otra propiedad, seg煤n los contratos incorporados al expediente. Los reductores fueron retirados por personal vinculado con Vialidad Nacional en abril de 2012, pero la demanda sostiene que los da帽os continuaron agrav谩ndose.
C贸mo se compone el reclamo

Oviedo reclama $176.859.656,25 por da帽os materiales. Esa cantidad incluye el valor depreciado de una construcci贸n de 222,12 metros cuadrados y $25,25 millones por los alquileres que afirma haber pagado desde 2018.

Tambi茅n solicita $35.371.931,25 por da帽o moral. La suma total reclamada asciende a $212.231.587,50, m谩s los intereses que eventualmente determine la Justicia.

La presentaci贸n pretende que Vialidad Nacional y la Municipalidad de Rosario Vera Pe帽aloza respondan solidariamente. Ninguna de las dos demandadas contest贸 todav铆a esta nueva acci贸n federal, de acuerdo con los documentos examinados.

El pr贸ximo paso ser谩 el dictamen de la fiscal federal. Despu茅s de esa intervenci贸n, el juzgado deber谩 resolver si es competente y si corresponde dar curso formal a la demanda.
Documentos del expediente

Los documentos se ofrecen en versiones p煤blicas revisadas. La demanda excluye la c茅dula, los anexos con informaci贸n personal y el domicilio particular al que se traslad贸 la familia. La resoluci贸n inicial oculta el n煤mero de documento. Ambos archivos deben leerse como actuaciones de un proceso en etapa inicial: la demanda expresa la posici贸n de la parte actora y no constituye una sentencia.

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